Impacto y Riesgo Ambiental

Declaratoria de Cumplimiento Ambiental

De conformidad con el artículo 58 Bis de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, las obras actividades que por su ubicación, dimensiones, características o alcances produzcan impactos ambientales tipificados en la normatividad ambiental vigente quedarán sujetos a la presentación de una Declaratoria de Cumplimiento Ambiental (DCA), ante la SEDEMA.

La DCA en general, aplica a las siguientes obras o actividades:

  1. Demolición.
  2. Rehabilitación.
  3. Emergencia.
  4. Modificación, ampliación, sustitución de infraestructura, conservación y mantenimiento.
  5. Desazolve.
  6. Conjuntos habitacionales, conjuntos habitacionales mixtos y oficinas de hasta diez mil metros cuadrados totales de construcción.
  7. Centros comerciales de hasta diez mil metros cuadrados totales de construcción.
  8. Estacionamientos.

Evaluación Ambiental Estratégica

Evaluación Ambiental Estratégica de planes, programas y proyectos contemplado en el artículo 8 bis 2 del RIAR, y tiene por objeto considerar los impactos ambientales acumulativos, sinérgicos y significativos en la formulación y ejecución de los instrumentos de planeación de obras o actividades, públicas o privadas, que contemplen en una escala espacial y temporal las acciones requeridas para su implementación, a efecto de analizar sus efectos y consecuencias, así como para establecer medidas y recomendaciones que permitan mitigar y disminuir las externalidades detectadas.

Manifestación de Impacto Ambiental - Modalidad Específica

Las Manifestaciones de Impacto Ambeintal en la modalidad Específica, se refieren a los programas, obras o actividades incluidos en los apartados en el artículo 6° del Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo (RIAR):

A) Fracciones I y III; B) Fracciones I, II y III; C) Fracción I; D) Fracciones I y III; E), F), J) Fracción II; L) Fracción II; y M) Fracción I.

Este trámite se realiza ante la SEDEMA.

Manifestación de Impacto Ambiental - Modalidad General

Las Manifestaciones de Impacto Ambiental en la modalidad General, se refieren a los programas, obras o actividades incluidos en los apartados en el artículo 6° del RIAR:

A) Fracción II; C) Fracción II; D) Fracción II; G) Fracción II; H), I), J) Fracción I; L) Fracción I; M) Fracción II; N) y O).

Este trámite se realiza ante la SEDEMA.

Estudio de Riesgo Ambiental

Estudio de riesgo, mediante este, se revisan y analizan las acciones proyectadas para el desarrollo de una actividad considerada riesgosa, los riesgos probables que éstas representan para los ecosistemas, la salud o el ambiente, y que incluye las medidas técnicas preventivas, correctivas y de seguridad, tendientes a mitigar o evitar los efectos adversos que se causen en caso de un posible accidente, durante la realización u operación normal de la obra o actividad de que se trate.

Este trámite se realiza ante la SEDEMA.

Informe Preventivo

Informe Preventivo relativo a las actividades indicadas en el artículo 81 del RIAR y que por su ubicación, dimensiones, características y alcances son sujetas a la autorización de un informe preventivo.

Este trámite se realiza ante la SEDEMA.

Estudio de Daño Ambiental

Para aquellas obras o actividades que se hayan iniciado o realizado sin contar con la autorización en materia de Impacto Ambiental correspondiente, deberán de presentar ante la Secretaría el Estudio de Daño Ambiental, con la finalidad de que se dictamine.

Este trámite se realiza ante la SEDEMA.

Seguimientos de Condicionantes Ambientales

Es el adecuado seguimiento a aquellas acciones, criterios, lineamientos, medidas o disposiciones obligatorias, establecidas por la autoridad en las resoluciones administrativas de impacto ambiental o riesgo ambiental, y que son condición para la instrumentación de los programas o la realización de las obras o actividades que se trate.

Dictamen Técnico de Arbolado

Elaboración de dictamen técnico de arbolado. Mediante este documento se determinan las condiciones del árbol, tiene validez jurídica y administrativa y se sustenta en elementos científicos y técnicos con base en las ciencias biológicas, forestales y la arboricultura.