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Regulaciones de Residuos Sólidos y de Plásticos de un solo uso en la Ciudad de México
10 de enero de 2025 | Plásticos, Plásticos de un solo uso, Residuos Plásticos, Residuos, Ley de Residuos Sólidos, Microplásticos, Plásticos compostables, SEDEMA, Secretaría del Medio Ambiente
El 25 de junio de 2019 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (GOCM), la modificación a la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal (LRSDF), que en su artículo 25 Fracción XI Bis, se indicó la prohibición de la comercialización, distribución y entrega de bolsas de plástico al consumidor, en los puntos de venta de bienes o productos, excepto los compostables.
Las exclusiones consistieron en: bolsas de plástico necesarias por razones de higiene, o que prevengan el desperdicio de alimentos siempre y cuando no existan alternativas de plástico compostable, a partir de 2020. Así también, la coemrcialización, distribución y entrega de tenedores, cuchillos, cucharas, palitos mezcladores, platos, popotes o pajitas, bastoncillos para hisopos de algodón, globos y varillas para globos, vasos y sus tapas, charolas para transportar alimentos, aplicadores de tampones, etc. Fabricados total o parcialmente de plásticos, diseñados para su desecho después de un solo uso, excepto los de materiales compostables, a partir del 1 de enero de 2021.
La comercialización, distribución y entrega de productos que contengan microplásticos añadidos intencionalmente, a partir del 1 de enero de 2021, y la comercialización, distribución y entrega de cápsulas de café de un solo uso fabricadas con materiales plásticos de bajo potencial de aprovechamiento, a partir del 1 de enero de 2021.
Posterior a dicha modificación, la SEDEMA inició la elaboración de la Norma Ambiental para la producción y consumo sustentable de los productos plásticos compostables, publicando en fecha 25 de febrero de 2022, su versión definitiva en la GOCM, la Norma Ambiental para la Ciudad de México NACDMX-010-AMBT-2019. Especificaciones técnicas que deben cumplir las bolsas y los productos plásticos de un solo uso, misma que entró en vigor el 23 de agosto de 2022 y que instaura, entre otras cosas los requisitos para quienes comercialicen, distribuyan o entreguen productos plásticos de un solo uso compostables para implementar planes de manejo de los residuos posconsumo correspondientes, así como las especificaciones para el manejo de los residuos de los productos plásticos de un solo uso compostables, de forma complementaria a los requisitos establecidos por la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal y su Reglamento.
Tiempo después, el 28 de febrero de 2023, en la GOCM, se publicó la Ley de Economía Circular de la Ciudad de México, de la que deriva el Reglamento de la Ley de Economía Circular, publicado el 26 de octubre del mismo año. Para junio de 2023, se publicó la Hoja de ruta de acción para reducir la contaminación plástica en la Ciudad de México, Resumen ejecutivo, donde se proponen 17 acciones para lograr una reducción y sustitución del plástico generado, así como impulsar las acciones de circularidad.
Posteriormente, para seguir fortaleciendo los instrumentos y políticas públicas en materia de residuos sólidos y economía circular, el pasado 4 de octubre de 2024 se publicó el Programa de Economía Circular de la Ciudad de México 2024-2030, instrumento de planeación estratégica, que promueve políticas públicas, programas, proyectos y actividades para recorrer el camino hacia una economía circular. En el mismo tenor y para fortalecer estas materias el 8 de octubre se publicó en la GOCM el Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos sobre la Evaluación de Circularidad.
Es importante mencionar que existen normas ambientales de competencia local, redactadas varios años antes de las modificaciones a la LRSDF y de la cual derivan los instrumentos descritos brevemente en los párrafos anteriores, de manera enunciativa más no limitativa, en la Ciudad de México, en materia de residuos sólidos urbanos y de manejo especial se cuenta con las siguientes: NADF-020-AMBT-2011 - Requerimientos mínimos para la producción de composta, así como las especificaciones mínimas de calidad; NADF-024-AMBT-2013- Criterios y especificaciones técnicas para la Separación, Clasificación, Recolección Selectiva y Almacenamiento de los Residuos del Distrito Federal; NADF-012-ABMT-2015- Sobre el Manejo Integral de Grasas y Aceites de Origen Animal y/o Vegetal Residuales en el territorio de la Ciudad de México; NADF-019-AMBT-2018- Requisitos y Especificaciones para el manejo de Residuos Eléctricos y Electrónicos; NACDMX-007-RNAT-2019 - Clasificación y Especificaciones de manejo integral para los residuos de la construcción y demolición en la Ciudad de México.
Finalmente, como instrumentos complementarios para la gestión de los residuos de competencia local se cuenta, entre otros con el Programa de Gestión Integral de Residuos para la Ciudad de México (PGIR) 2021-2025; el Plan de Acción Basura Cero, hacia una Economía Circular y los Inventarios de Residuos Sólidos de la Ciudad de México.
¡Esperamos que esta información le sea de utilidad!
Vía Circular.
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